✐Por qué no estoy de acuerdo con la reforma judicial y me indigné tanto hoy (1) Consejo de la Magistratura

By Unknown - April 25, 2013


 
Aclaremos antes de empezar: Argentina tiene un sistema de gobierno republicano, en el que existe un órgano judicial independiente del poder político y se debe respetar la división de poderes. Para resguardar la independencia judicial, la Constitución Nacional establece que los cargos de los jueces son vitalicios, de modo de tenerlos alejados de las campañas políticas. Sigamos.
En la sesión que se prolongó hasta esta madrugada, el oficialismo aprobó el proyecto de reforma judicial que impulsa, por 130 votos a favor sobre 123 en contra.
Hubo fuertes cruces porque el Frente para la Victoria intentó votar todo el articulado en particular de una sola vez, provocando la reacción de la oposición, que consiguió que se votara artículo por artículo. Cuando llegó el turno del artículo 2 surgieron nuevos problemas: el tablero del recinto registró que hubo 128 votos, uno menos de lo necesario. El oficialismo adujo mal funcionamiento del tablero y la oposición se retiró del recinto mientras acusaba al oficialismo de estar "convalidando un fraude". Después, los diputados Alicia Comelli ( Movimiento Popular Neuquino) y Juan Carlos Forconi (Frente para la Victoria) dijeron que el tablero no había registrado sus votos.
Los legisladores oficialistas continuaron votando el resto de los puntos y volvieron a votar el artículo en cuestión que, obviamente, fue aprobado.


El polémico artículo 2

El artículo 2 es clave en el proyecto que modifica el Consejo de la Magistratura, ya que establece la nueva composición del organismo ampliando de 13 a 19 la cantidad de sus miembros. De promulgarse la ley, doce de estos miembros serán elegidos por el voto popular (tres representantes del Poder Judicial, tres de los abogados y seis del ámbito académico y científico); otros seis serán legisladores, y el restante será designado por el Poder Ejecutivo.
Podría decirse que el modo de designación establecido por el proyecto le asegura prácticamente una mayoría de dos tercios al ganador de las elecciones. Veamos. Para empezar, los candidatos deben figurar en las mismas listas que los partidos políticos, con el requisito de ser agrupaciones con idéntica denominación en al menos 18 provincias. Así, quien gane las elecciones por mayoría simple se queda con dos de los tres representantes del Poder Judicial, con dos de los tres de los abogados y con cuatro de los seis del ámbito académico y científico.
Respecto de los 6 representantes del Poder Legislativo (tres por cada Cámara) debemos recordar que la mayoría designa 4.
Es muy posible que estos 12 miembros respondan a un mismo partido… el mismo del Poder Ejecutivo como suele suceder en Argentina… Poder Ejecutivo, cabe recordar, que designará también un miembro, completando así los 19.
 De este modo, el oficialismo tiene muchas posibilidades de tener 13 de los 19 consejeros.
Estas son las razones por las que no estoy de acuerdo con el proyecto de reforma.

(base de la imagen: www.eldiario.es

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